Dirección General de Función Pública
Dirección General de Función Pública

La Dirección General de la Función Pública es el órgano encargado de ejecutar la política del Ministerio en materia de gestión y régimen de todo el personal de la Administración General del Estado, y como tal tiene las siguientes tras:

  • Proponer al Gobierno a través de Titular Departamento, las ofertas de empleo público diseñadas por los distintos Ministerios y organizar los concursos oposiciones de acuerdo a la Ley y los Reglamentos establecidos al efecto.
  • Diseñar un sistema de control del Personal de la Administración Civil del Estado, estableciendo una base de daos del personal, controlar su inspección e identificación de acuerdo con la Ley y los Reglamentos establecidos al efecto.
  • Diseñar, organizar y controlar el Archivo Central del Personal de la Administración Civil del Estado, organizando los expedientes personales, hojas de servicios, legajos y el fichero.
  • Asistir al Ministro en el diseño, estudio y control de las retribuciones básicas de los Funcionarios Civiles del Estado, de acuerdo con la Ley, en coordinación con el Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación; Comercio y Promoción de Pequeñas y Medianas Empresas.
  • Dictaminar sobre los expedientes que le hayan sido sometidos.
  • Proponer al Ministro sobre las iniciativas para la elaboración, estudio y dictamen de los Anteproyectos de Disposiciones Administrativas de carácter general en materia de personal.
  • Estudiar y evaluar el rendimiento administrativo del Personal de la Administración General del Estado.
  • Proponer la promoción, menciones, honores, condecoraciones, y otros estipendios al personal de la Administración Civil del Estado, de acuerdo con la reglamentación establecida, previa propuesta de los Departamentos del Cuerpo General Especial.
  1. Proponer la difusión, creación, supresión y desintegración de los órganos de la Administración Pública, a iniciativa propia o a propuesta de los Ministerios.
  • Diseñar cuadros estadísticos aproximativos anuales sobre estado del personal administrativo.
  • Organizar la publicación de los puestos vacantes en todos los Ministerios de las Administración Civil del Estado.
  • Seleccionar los expedientes de los postulantes a los puestos de trabajo.
  • Organizar las pruebas de los concursos oposiciones para los postulantes admitidos por los Ministerios, en colaboración con el Instituto Nacional de Administración.
  • Administrar las pruebas de los concursos oposición, corregirlos y proclamar los resultados, conforme a las actas de los tribules examinadores.
  • Organizar por Ministerios el archivo de los concursos oposiciones realizados.
  • Impulsar la implantación y el desarrollo de procesos informáticos de ayuda a la gestión de recursos humanos, en colaboración con los Directores Generales de la Función Pública y de la Informática.
  • Programar los destinos del personal del Cuerpo General y controlar los de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado, en coordinación con los Ministerios.
  • Controlar y elaborar informes sobre las situaciones administrativas del personal de la Administración Civil del Estado, distinguiendo servicio activo, excedencias, supernumerarios, suspensiones, separaciones, jubilaciones y fallecimientos.

– La Dirección General de la Función Pública, se estructura en las siguientes unidades administrativas:

  • Sección de Registro Central del Personal
  • Negociado de Base de Datos del Personal.
  • Negociado de Identificación del Personal.
  • Negociado Inscripción del Personal.
  • Sección de Archivo Central del Personal
  • Negociado de Fichero y Control de Expedientes.
  • Negociado de Organización de Expedientes Personales y Hojas de Servicios.
  • Sección de Estadísticas y Publicaciones Administrativas
  • Negociado de Estadísticas Administrativas.
  • Negociado de Publicaciones Administraciones.
  • Sección de Retribuciones del Personal
  • Negociado de Retribuciones del Personal.
  • Negociado de Situaciones del Personal.
  • Sección de Análisis y Estudios de Expedientes Normativos
  • Negociado de Análisis y Estudio de Expedientes.
  • Negociado de Elaboración Normativa.

RECLUTAMIENTO:

1.- Oferta de empleo:

-Leer el artículo 36, 37 y 38 de la Ley número 2/2014, de fecha 28 de julio, sobre Funcionarios Civiles del Estado.

2.- Selección e ingreso:

-Artículo 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado.