Listado Final para el Exámen Oposición y Horarios

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Horarios

Lista Malabo

Lista Luba

Lista Bata

Lista Mongomo

Lista Ebibeying

Lista Djibiloho

lista Evinayong

lista Annobon

Relación de los ciudadanos que postularon a puestos inexistentes

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Relación de los ciudadanos que postularon a puestos inexistentes y que deben regularizar su postulación antes de las 14 horas del día 8 de septiembre

Mensaje del Ministro

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Contenido en elaboración

El Ministerio de la Función Pública pone en funcionamiento un nuevo sistema de tramitación administrativa

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A partir de esta fecha los ciudadanos que desean realizar sus trámites administrativos en el Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa podrán hacerlo por Internet, además de por el antiguo sistema.

El lanzamiento de esta iniciativa tuvo lugar el jueves  17 de junio en Bata, por el Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa, Eucario Bakale Angue. 

Al acto también asistieron miembros del Gobierno y la Representante del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, que ha colaborado en la materialización de esta iniciativa.

Con la incorporación de este nuevo sistema, los funcionarios podrán solicitar trienios y demás servicios, como la obtención del carnet de funcionario. El ministerio también ha habilitado una página web que dispone de la información necesaria.

El acto tuvo varias intervenciones, como la de la Representante Residente de PNUD en Guinea Ecuatorial, Elsie Laurence, quien ha elogiado esta iniciativa al ser nuestro país  el único que lo ha implementado a nivel de la subregión. Este nuevo sistema evitará desplazamientos innecesarios a la población.

Bakale Angue informó que con esta iniciativa se pretende acercar la administración a los ciudadanos, haciéndola más transparente y accesible mediante el “proceso de cero papel”. También se proyectó un video sobre el funcionamiento del este nuevo sistema. El PNUD ha donado al ministerio varios equipos informáticos, tanto para Malabo como para Bata.

Texto: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPEPWG)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).

El lanzamiento oficial de este proyecto está previsto para el jueves 17 de junio en la ciudad de Bata.

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Esta iniciativa del Gobierno a través del Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa está siendo apoyada por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD.

El Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa, Eucario Bakale Angue, ha comentado que, gracias a esta iniciativa, los ciudadanos podrán iniciar sus trámites administrativos en Internet: «El Gobierno, a través del Ministerio de la Función Pública, ha creado este proyecto para acercar la administración pública a los ciudadanos, haciéndola más transparente mediante proceso cero papel«.

El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) se ha comprometido a colaborar con el ministerio para acompañarle hacia la digitalización de la administración ecuatoguineana. Este nuevo mecanismo permitirá a los ciudadanos ahorrar tiempo y gastos, lo que supone un paso importante para el desarrollo del país.

Para acceder a los trámites online: www.minfuncionpublica.gob.gq  o en la plataforma Sol: www.sigob.org/gq/ciudadanos

Texto y fotos: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPEPWG)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial

Aviso: La reproducción total o parcial de este artículo o de las imágenes que lo acompañen debe hacerse, siempre y en todo lugar, con la mención de la fuente de origen de la misma (Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial).

Reunión del consejo directivo en el Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa presidida por su Ministro Titular Excmo. Señor Eucario BACALE ANGÜE OYANA

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Sobre las 10:00 horas de la mañana del viernes, 11 de junio de 2021, se inicia una reunión en el MINISTERIO DE LA FUNCION PUBLICA Y REFORMA ADMINISTRATIVA, presidida por su Ministro Titular con la participación del Consejero Presidencial en materia de Reforma Administrativa, el Secretario General y el grueso de los Directores Generales del Ministerio, así como el Director del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).

El orden del día constituido por tres puntos fue leído por el Secretario General del Ministerio en la siguiente secuencia:

  • Presentación del presupuesto de las diferentes Direcciones del Ministerio. presentadopor el Director General de Reforma Administrativa.
  • Presentación del presupuesto de los gastos del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Presentado por su Director general.
  • Presentación del informe del censo de los funcionarios jubilados. Presentado por el Director de Clases Pasivas.

Tras dichas presentaciones, el Excmo. Señor Eucario BACALE ANGÜE OYANA ha aprobado los presupuestos del INAP, mientras que mostraba su preocupación por el contenido de los presupuestos de del Ministerio, dando así un periodo prolongado a un mes para que se presente con todos los detalles necesarios alineados con los objetivos a conseguir, pero, manteniendo las mismas cifras monetarias.

El Director General de Clases Pasivas presento un informe detallado sobre el recién realizado censo de Jubilados en todo el ámbito nacional donde se destacó notoriamente impagos de INSESO a un gran número del personal jubilado y otro grupo que recibía su pensión y paralelamente recibiendo sus salarios como funcionarios activos. Tras estas determinaciones, el Director General también ha informado que se está resolviendo estos problemas en colaboración con INSESO y la Tesorería General del Estado.

El Ministro ha felicitado al Director General por el trabajo realizado al mismo tiempo que le recomendaba realizar también un estudio sobre el personal jubilado antes del año 1997 juntamente con HACIENDA, PRESUPUESTOS Y TESORERIA para saber qué trato han recibido éstos hasta la fecha ya que el 1997 se integró por primera vez a los funcionarios en la Seguridad Social.

Antes de finalizar dicha reunión a las 12:00 horas, el Excmo. Señor Eucario BACALE ANGÜE OYANA ha anunciado que el jueves día 17 de los corrientes y en Bata se realizara el acto de lanzamiento del proyecto de SOL (digitalización de los servicios ofrecidos por el Ministerio que preside) y TRANSDOC (gestión documental que ayudara a la consecución de la utilización de cero papeles en los procesos Administrativos dentro del Ministerio de la Función Publica y Reforma Administrativa.

Presentación del anteproyecto ley regulador de entidades

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La ausencia de una norma especifica y clara, reguladora de las entidades publicas del Estado, ha contribuido a la proliferación de practicas oficiosas en cada entidad, lo cual ha dificultado el control y supervisión por parte del Estado de la actuación de los órganos de gobierno de estas entidades publicas.

Con la presente Ley se pretende aclarar y resolver cuestiones que han dificultado un funcionamiento optimo de las entidades publicas del Estado. De manera especial, esta Ley incorpora las siguientes innovaciones:

  • Regula única y exclusivamente las cuestiones relacionadas a la organización y funcionamiento de las entidades u organismos públicos, remitiendo a las legislaciones correspondientes los asuntos que sean de la materia de sus competencias. Tal es el caso de las cuestiones sobre el régimen económico, patrimonial y financiero, que debe ser regulado por la Ley Reguladora de las Finanzas Publicas, y los temas relacionados al régimen del personal, que son materias reservadas del Estatuto General del Personal Publico.
  • Establece normas diferentes de creación, organización, funcionamiento y nombramiento de las estructuras de gobierno según la naturaleza de la entidad publica.
  • Establece los órganos de gobierno, sus funciones, atribuciones y obligaciones, el mecanismo de coordinación entre estos para la consecución de los fines de las entidades publicas.

Tras varias discusiones, este anteproyecto ley ha sido aprobado con unanimidad y se presentara próximamente en el Consejo de Ministros.

En la reunión del consejo interministerial celebrada en la ciudad de Bata este jueves, 20 de Mayo 2021, donde el Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa, el Excmo. Señor Eucario Bakale ANGÜE OYANA ha presentado los Estatutos Generales del Personal al Servicio Público y el Marco de Políticas de Reforma Administrativa.

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Los Estatutos Generales del Personal Público, establecen un sistema de Función Pública diferente al sistema de gestión de carrera existente, según el cual, la persona designada es reclutada en función de su nivel de formación y es promovida según el criterio de antigüedad en el servicio, con un sistema centrado en nuevos principios de empleo. La característica principal de este nuevo sistema es que los empleados son designados para puestos específicos para los que están calificados y solo pueden ascender en función de su desempeño. Por tanto, será más fácil motivar al personal, ya que el sistema de evaluación se basará en el desempeño, estando sujeto a la remuneración, al ascenso y a la promoción por mérito y los cursos de actualización que alcance el empleado. Este enfoque también permite que los funcionarios en puestos de supervisión evalúen al personal a su cargo sobre la base de resultados específicos.

Más allá del cambio del sistema de Función Pública, estos Estatutos Generales del Personal Público, establecen las siguientes innovaciones:

  1. Adaptar la remuneración del personal al costo de la vida con una retribución sujeta al puesto de trabajo y los incrementos salariales sujetos al rendimiento.
  2. Establecer un ámbito de aplicación que incluye a todo aquel que preste servicios de manera permanente en la Función Pública, entendiendo por Función Pública el conjunto de todas las Administraciones Públicas (administración central, local, de los órganos constitucionales y entidades autónomas sin fines de lucro).
  3. Remitir al derecho laboral a los empleados de las empresas públicas y al personal que presta servicios en la administración mediante contratos.
  4. Descentralizar la gestión de los recursos humanos en la Administración Pública, responsabilizando a cada institución pública en todas las cuestiones relacionadas a su personal (reclutamiento, promoción, gestión, separación, etc).
  5. Establecer que el reclutamiento para los puestos de dirección (no políticos) se haga por los mismos principios de publicidad, méritos, capacidad, objetividad y necesidad exigidos para los puestos de plantilla.
  6. Limitar las excedencias voluntarias con garantía de reincorporación al puesto de trabajo a un máximo de tres (3) meses y desarrollar las excedencias especiales.
  7. Establecer una liquidación por terminación de empleo, cuando un funcionario es separado automáticamente del servicio a consecuencia de la supresión o discontinuidad de su puesto de trabajo o cuando es jubilado.
  8. Establecer una distinción entre la separación del servicio y el despido por faltas graves.
  9. Remitir a la legislación especial en materia de seguridad social el cálculo de las pensiones del personal público jubilado.

El Marco de Políticas de Reforma Administrativa nos permite enfocar la visión, objetivos y lineamientos de la política de Gobierno, así como los logros y perspectivas de futuro.

La reforma de la Función pública es, por lo tanto, un requisito imperativo para restaurar la eficiencia de la administración pública, mejorar los servicios al público y contribuir a la implementación de las políticas tanto para el buen gobierno como para el alivio de la pobreza.

El propósito de esta reforma puede describirse mejor en términos de lo que la Función pública de Guinea Ecuatorial debería lograr en los años venideros. Se espera que la nueva Función pública sea:

  • Una que tenga estructuras funcionales acordes con las principales misiones del Estado, sin superposición de funciones, ni disfunción, y que esté en consonancia con la capacidad financiera del Estado.
  • Una en la que las funciones técnicas se diferencian de las funciones políticas, con seguridad en el cargo y un estatus permanente para los puestos técnicos.
  • Equitativa, eficaz y eficiente, con mayor delegación de competencias y responsabilidades.
  • consciente de las necesidades y problemas cruciales de los ciudadanos de Guinea Ecuatorial y lista para ofrecer servicios adaptados a sus expectativas.
  • Una que comprenda una administración descentralizada gestionada localmente, bajo la dirección de una administración central de tamaño razonable, que conservaría la responsabilidad de la supervisión y el control de las políticas, normas y procedimientos para el interés público y el bienestar de la población.
  • Una Función pública para el desarrollo, creativa, orientada a resultados y centrada en el desarrollo del sector privado, el crecimiento económico y a la reducción de la pobreza.

Ambos documentos han sido aprobados con unanimidad en dicho consejo Interministerial y se someterá en fechas próximas en la cámara Baja.

Reunión del Consejo Directivo en el Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa presidido por su Ministro titular el Excmo. Señor Eucario Bacale Angüe Oyana.

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Sobre las 11:30 horas de la mañana del viernes día 9 del mes de abril 2021 se inicia una reunión vía videoconferencia. Por una parte, El Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa acompañado del Delegado Regional del Ministerio en Bata y, por otra parte, el Viceministro del mismo departamento Ministerial acompañado del Consejero Presidencial en Material de Función Pública, el Secretario General y el grueso de Directores Generales de dicho departamento Ministerial en plaza.

El orden del día constituido por tres puntos fue leído por el Secretario General del Ministerio en la siguiente secuencia:

  • Aprobación del Acta de la sesión anterior
  • Discusión de los Estatutos Generales del Personal al servicio Público
  • Discusión de la Resolución sobre Delegación de Firmas de determinadas Resoluciones y actos administrativos cuya competencia corresponde al Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa.

Tras la aprobación del acta de la sesión anterior el Excmo. Señor Eucario Bacale Angüe Oyana ha explicado a los miembros del Consejo Directivo de su Departamento Ministerial que, tras la revisión de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 2014, se ha constatado varias deficiencias y ambigüedades en su contenido tales como:

  • Esta Ley deja sin regular la gestión del personal directivo de la Administración Pública. Las categorías administrativas de: Miembros del Gobierno, Secretarios Generales, Directores Generales y asimilados, no disponen de un Instrumento Legal que establezca normas sobre su ejercicio en la Función Pública.
  • Falta de claridad sobre el ámbito de aplicación y los sujetos de esa Ley. En su título especifica que es una norma que regulaba la gestión de los funcionarios civiles del Estado; sin embargo, la definición civil no se establece, lo que ha conllevado a día de hoy, que esta Ley sea de aplicación solo al personal civil de la Administración Central, excluyendo las entidades autónomas, órganos Constitucionales y Administraciones locales. Como consecuencia, se nota una proliferación de Normas y Reglamentos especiales sin ningún mecanismo de coordinación.
  • Ambigüedad  en la asignación de responsabilidades en la gestión de Recursos Humanos.
  • Ambigüedad en lo referente al derecho aplicable, al sistema de prestación de servicio público mediante la contratación.
  • Ausencia de los correspondientes reglamentos de aplicación de esta Ley.

Basándose de esas y otras tantas dificultades se ha visto a bien innovar  en ciertos rasgos generales como:

  • Adaptar la remuneración del Personal al costo de la vida con una retribución ligada al puesto de trabajo y los incrementos salariales ligados al rendimiento. El paquete de remuneraciones estará compuesto por: salario base según la categoría del puesto, subsidios, bonificaciones y otros beneficios complementarios e incrementos salariales basados en la promoción a un escalón o categoría superior.
  • Establecer un ámbito de aplicación que incluye a todo aquel que preste servicios de manera permanente en la Función Pública, entendiendo por Función Pública el conjunto de todas las Administraciones Públicas (Administración Central, local, de los Órganos Constitucionales y Entidades Autónomas sin fines de lucro). Sin embargo, los Estatutos Generales indican que las normas que rigen sobre las Autoridades Políticas, Jueces y Personal Judicial, Fiscales y personal de apoyo del Ministerio Público serán establecidos por leyes especiales. De igual modo, prevé la posibilidad del establecimiento de Estatutos especiales sobre funcionarios públicos de cualquier profesión, cuando se considere necesario mediante un Decreto Presidencial, siempre y cuando no violen los principios generales de los Estatutos Generales del Personal Público.
  • Remitir al derecho laboral a los empleados de las empresas públicas y al personal que presta servicios en la Administración mediante contratos.
  • Descentralizar la gestión de los Recursos Humanos en la Administración Pública, responsabilizando a cada Institución Pública en todas las cuestiones relacionadas a su personal (reclutamiento, promoción, gestión, separación, etc). El Ministerio encargado de la Función Pública desempeñara los roles de: diseñador de políticas y normativa sobre recursos humanos que ejercen en la administración pública y supervisor en el cumplimiento de estas políticas y normas.
  • Establecer que el reclutamiento para los puestos de dirección (no políticos) se haga por los mismos principios de publicidad, méritos, capacidad, objetividad y necesidad exigidos para los puestos de plantilla.
  • Limitar las excedencias voluntarias con garantía de reincorporación al puesto de trabajo a un máximo de tres (3) meses y desarrollar las excedencias especiales.
  • Establecer una liquidación por terminación de empleo, cuando un funcionario es separado automáticamente del servicio a consecuencia de la supresión o discontinuidad de su puesto de trabajo o cuando es jubilado.
  • Establecer una distinción entre la separación del servicio y el despido por faltas graves.
  • Remitir a la legislación especial en materia de seguridad social el cálculo de las pensiones del personal público jubilado.

Dicha reunión termina sobre las 15 horas y 20 minutos de la tarde con el acostumbrado tema de asuntos varios donde el Excmo. Señor Eucario Bacale Oyana anunciaba sobre la próxima revisión de los planes de accione de cada Dirección General, así como el recalco de la necesidad de mantener periódicamente las reuniones Técnicas una vez a la semana.

Reunión del Consejo Superior del Personal.

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El día 30 de marzo en el Ministerio de Hacienda presidida por el Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa el Excmo. Señor Eucario Bakale Angüe Oyana para la continuidad de los trabajos sobre los exámenes de oposición de los 4.000 puestos de trabajos ofertados por la Administración Publica.

Considerando ya muy cerca la publicación oficial en los medios informativos de las 4.000 plazas vacantes en la Administración Publica, el Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa el Excmo. Señor Eucario Bakale Angüe Oyana ha visto oportuno reunirse  con el Consejo Superior del Personal  para el reajuste y continuidad de los preparativos del examen de oposición a los puestos de trabajos ofertados por la Administración Pública.

En el transcurso de ese encuentro ha tenido lugar la presentación de la lista y el número de vacancias de los diferentes puestos de trabajos ofertados en cada Departamento Ministerial con los respectivos requisitos para ocupar dichos puestos de trabajos.

El titular de la Cartera de la Función Pública una vez más ha prescrito transparencia y disciplina en el transcurso de dichos exámenes de oposición y ha subrayado que el departamento Ministerial que no cumpla con las normas establecidas será anulado en dicha convocatoria hasta nueva orden.

En el apartado de asuntos varios, el Director General de la Función Pública ha solicitado que todos los Ministerios tienen el deber y la obligación de informar al Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa sobre fallecimientos de los funcionarios de forma inmediata para así proceder con los trámites legales y publicar así mismo la vacancia del puesto del funcionado fallecido.

 En esa misma línea de ideas y teniendo en cuenta la Ley número 2/2005 de fecha 9 de mayo sobre funcionarios civiles del estado en ratificación del decreto número 71/2003 de fecha 16 de Octubre que traspasa al sector privado las tareas administrativas no cualificadas de los niveles D y E respectivamente, el Excmo. Señor Eucario Bakale Angüe Oyana ha ordenado una corrida de escala salarial automática a todos los funcionarios con escalas D y E a la escala salarial C1, porque las escalas D y E están ya fuera de la ley, exigiendo igualmente la lista de todos los funcionarios que no están asegurados en el Instituto de Seguridad Social (INSESO) correspondientes a cada departamento Ministerial.

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