- La presente Orden Ministerial tiene como objeto la publicación de la oferta de empleo público y el establecimiento del proceso de selección para los puestos de trabajo de los Organos Directivos de las Empresas Públicas y Organismos autónomos que se indican en la lista que se anexa a la presente Orden Ministerial.
- La presente Orden Ministerial no incluye disposiciones relativas al proceso de nombramiento de los candidatos que resulten ser seleccionados. Estos nombramientos se efectuaran en conformidad con lo establecido en el Articulo 22 de la Ley Num.3/2022, Reguladora de Empresas Públicas y Organismos Autónomos.
- Los candidatos, para optar a los puestos de trabajo ofertados, deberán reunir las siguientes condiciones:
- El expediente de solicitud de todo aspirante a los puestos ofertados deberá incluir los siguientes requisitos:
- Nombre y apellidos del candidato;
- Fecha y lugar de nacimiento;
- Profesión y residencia del candidato;
- Número de teléfono y correo electrónico;
- El organismo autónomo o empresa pública por la que postula. Solo se podrá postular a una sola entidad
- Los aspirantes a los puestos ofertados deberán depositar sus expedientes de solicitud en la sede del Ministerio de la Función Publica y Reforma Administrativa en la zona ministerial de Malabo II, Malabo, Bioko Norte.
- Todo expediente que no reúna los requisitos y las condiciones exigidas en la presente Orden Ministerial no será admitido.
- Los servicios de registro de solicitudes del Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa deberán extender al solicitante un certificado de acuse de recibo del expediente que indique el nombre del funcionario receptor, el número de registro de entrada, la hora y fecha de recepción.
- El plazo de depósito y admisión de los expedientes de postulación es del día 24 al 28 de abril del presente año 2.023.
- Los expedientes deberán ser depositados en horas hábiles de trabajo en la Administración Pública.
ORDEN MINISTERIAL NUMERO 2/2023, DE FECHA 7 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE PUBLICA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA CUBRIR PLAZAS VACANTES EN EL CENTRO MEDICO LA PAZ DE MICOMISENG.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con el fin de dotar de personal al nuevo Centro Medico La Paz de Micomiseng, y sobre la base del respeto de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad; el Gobierno ha instruido al Ministerio de la Función Publica y Reforma Administrativa organizar el reclutamiento del personal de este nuevo servicio público.
En su virtud, previa deliberación y aprobación del Consejo Directivo en su reunión de fecha 7 de Septiembre de 2.023;
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto
Por la presente, se publica la oferta de empleo público de 110 plazas para los puestos de trabajo que se indican en el anexo I de la presente Orden Ministerial.
ORDEN MINISTERIAL NÚMERO 1/2023, DE FECHA 21 DE ABRIL, POR LA QUE SE PUBLICA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO Y SE ESTABLECE EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA CUBRIR PLAZAS DE DIRECCION EN LOS ORGANISMOS AUTONOMOS Y EMPRESAS PUBLICAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con el fin de consolidar las bases de la profesionalidad de los órganos directivos de los organismos autónomos y empresas públicas del Estado, el Gobierno ha determinado que el reclutamiento del personal que ocupa los puestos ejecutivos de estas entidades públicas se realice respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad.
A tal fin el Gobierno ha instruido al Ministerio de la Función Publica y Reforma Administrativa organizar un concurso-oposición para reclutar el personal ejecutivo de los organismos autónomos y empresas públicas, atendiendo a los criterios de racionalidad, objetividad y transparencia.
En su virtud, previa deliberación y aprobación del Consejo Directivo en su reunión de fecha 21 de abril de 2.023;
DISPONGO:
CAPITULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objetivo
Articulo 2. Los puestos de trabajo ofertados
Los puestos de trabajo ofertados incluyen todos los que integran los órganos directivos de los organismos autónomos y empresas públicas indicadas, tal como establecen los artículos 10 y 21 de la Ley Num.3/2022, Reguladora de Empresas Públicas y Organismos Autónomos.
CAPITULO II
DE LOS CANDIDATOS Y DE LOS REQUISITOS
Artículo 3. Los candidatos
a) Ser de nacionalidad ecuatoguineana.
b) Tener cumplidos la mayoría de edad.
c) No poseer otro empleo en puesto de dirección en la Administración Pública.
d) Acreditar un mínimo de cinco (5) años de experiencia laboral en puestos de dirección o de supervisión en el sector afín al puesto de dirección que solicita.
e) Acreditar estudios universitarios de por lo menos licenciatura o formación equivalente en materias afines al puesto de dirección que solicita o de dirección y administración de empresas.
2. Todos los ocupantes actuales de los puestos de trabajo objeto de la presente Orden Ministerial están obligados a depositar sus correspondientes expedientes de postulación en el lugar y forma que se indica en la presente Orden, aun cuando no cumplan con alguno de las condiciones indicadas en el numeral 1 del presente artículo.
Articulo 4. Los requisitos
a) Instancia de solicitud de puesto de trabajo dirigida al Excmo. Señor Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa. Esta instancia deberá indicar:
b) Un curriculum vitae de no más de dos (2) páginas. El curriculum vitae deberá indicar los contactos de empleadores anteriores para verificar la información sobre la experiencia laboral del postulante.
c) Copia de los certificados y hojas académicas acreditativas de los estudios exigidos en el numeral 1, inciso b) del articulo 3 de la presente Orden Ministerial.
d) Documentos que certifiquen la experiencia laboral exigida en el numeral 1, inciso d) del articulo 3 de la presente Orden Ministerial.
e) Copia del Documento de Identidad Personal (DIP) o equivalente.
f) Carta de motivación de no más de dos (2) páginas, indicando las razones por las que el candidato cree ser el idóneo para el puesto de dirección que solicita.
2. Los postulantes deberán presentar los títulos y hojas académicas originales a la hora de depositar el expediente. Dichos títulos originales servirán para validar las copias aportadas y se devolverán a los postulantes antes de abandonar el lugar de depósito de expedientes.
CAPITULO III
DEL DESPOSITO DE LOS EXPEDIENTES
Artículo 5. Lugar de depósito de expedientes
Artículo 6. Plazo de depósito de expedientes
CAPITULO IV
DEL CONCURSO OPOSICION Y LA SELECCION
Artículo 7. La fase de concurso
Esta fase consistirá en comprobar y valorar los méritos que hayan alegado los postulantes en sus expedientes de postulación. Los méritos que se valoran en esta fase serán la experiencia laboral y la titulación académica de relevancia en el sector de actividad de la entidad. La ponderación de cada mérito será la siguiente;
Experiencia Laboral | Ponderación |
5 años | 40% |
6 a 10 años | 50% |
Mas de 10 años | 60% |
Titulación Académica | Ponderación |
Licenciatura o equivalente | 20% |
Máster académico | 30% |
Doctorado | 40% |
Artículo 8. La fase de oposicion
Los tres mejores calificados de cada entidad en la fase de concurso pasaran a la fase de oposición que consistirá en la evaluación de las cartas de motivación y entrevistas ante el comité seleccionador. La ponderación de estas dos evaluaciones será la siguiente:
Carta de motivacion | Ponderación |
No especifica con claridad cómo las habilidades del postulante pueden contribuir para la mejora de la gestión de la entidad. | 10% |
Especifica cómo las habiEdades del postulante se alinean con la misión. | 20% |
Habilidades del postulante alineadas con la misión de la entidad y explica cómo mejoraría la gestión de la entidad. | 40% |
Entrevista | Ponderación |
No cumple con las expectativas | 20% |
Cumple con las expectativas | 40% |
Excede las expectativas | 60% |
Artículo 9. La seleccion
Los candidatos con las mejores calificaciones en la fase oposición serán seleccionados para los puestos de trabajo correspondientes.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Se faculta al comité seleccionador tomar cuantas disposiciones necesarias para la correcta implementación de la presente Orden Ministerial.
DISPOSICION DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se oponga a la presente Orden Ministerial.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden Ministerial entrará en vigor el mismo día de su publicación en los medios informativos nacionales y en el Boletín Oficial del Estado.
Dado en Malabo a 21 días del mes de abril del año 2.023.


El Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa presenta en la sala de conferencias internacionales de Sipopo, el documento de divulgación y sensibilización de la ley núm. 3/2022. de fecha 30 de marzo. reguladora de empresas públicas y organismos autónomos
El Ministro de la Función Publica y Reforma Administrativa, Excmo. Sr. Eucario Bakale Angue Oyana ha presidido a primeras horas de la jornada de este viernes 31 de marzo del año en curso, en la sala de conferencias intencionales de Sipopo, el acto de divulgación y sensibilización de la ley núm.3/2022 de fecha 30 de mayo, reguladora de empresas públicas y organismos autónomos. Este seminario iba dirigido a los Secretarios Generales de los departamentos Ministeriales, Miembros de los Consejos de Administración y Directores de organismos autónomos y empresas públicas.

En su discurso, el ministro de la función pública y reforma administrativa subrayó que: La administración general de estado, es una organización pública, y es el instrumento de Gobierno para desarrollar sus políticas o prestar servicios. Esta administración general de estado se organiza a través de distintos tipos de órganos e instituciones. Todos forman parte del sector publico estatal de lo que se destaca: los órganos centrales, órganos de la AGE situados en las entidades locales, servicio exterior del estado, organismos públicos anexos a los ministerios, institutos regulados por normas especiales. puntualizó el ministro de la función pública y reforma administrativa.
Dentro de este contexto, sobre la base de la procedente decisión de la administración general del estado, el Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa lidera y es el responsable de la implementación y vigilancia de esta reforma del marco regulador de los organismos autónomos y empresas públicas.
Por lo que la ley que hoy se presenta ha sido concebida por el Gobierno y aprobada por las dos cámaras del parlamento nacional, con el objetivo de garantizar un mayor control y supervisión de la actuación de las entidades publicas del estado y establecer condiciones para una gestión trasparente e independiente a favor de estas; aseguró Eucario Bakale Angue Oyana.
Tras el discurso del Ministro, el Director General de Seguimiento y Evaluación de Entidades Públicas presento a todos los asistentes las principales disposiciones e innovaciones de la nueva Ley reguladora de organismos autónomos y empresas públicas.
Los asistentes ha aprovechado la ocasión para solicitar aclaraciones sobre este nuevo instrumento legal.
Por: Luis Mario Osa Abeso
Audiencia de la firma HUAWEI con el Ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa.
El ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa Exelentisimo señor Don: Eucario BAKALE ANGUE OYANA, concede una audiencia al representante de la firma Huawei en la República de Guinea Ecuatorial.

En la jornada de este martes, 21 de marzo del año en curso, el Excmo. Sr. Dn. Eucario Bakale ANGÜE OYANA, Ministro de la Función Publica y Reforma Administrativa, quien estaba acompañado del Ilmo. Sr. Dn. Jose Eko OWONO MANGUE, secretario general de este departamento ministerial, ha recibido en audiencia el equipo de la empresa Huawei, en las instalaciones de este departamento ministerial en la ciudad de Malabo.
El objetivo de esta visita recogía como telón de fondo, la iniciativa de la empresa Huawei en presentar sus servicios, de lo que se destaca: la transformación digital, el desarrollo de la energía solar, nube pública y fábrica de los circuitos integrados al ministerio de la función pública y reforma administrativa de nuestro país, a través de la puesta en marcha de los proyectos concretos que estén en pro de las políticas que impulsen la digitalización de la administración en general.
En un contexto diferente, la firma Huawei resalto ante la máxima figura de esta cartera Ministerial su disponibilidad para la movilización de los recursos financieros con el fin de garantizar la implementación de los proyectos antes mencionados.
Por su parte, el Excmo. Sr. Ministro de la función pública y reforma administrativa, después de darles la bienvenida, aprovecho esta ocasión propicia en agradecerles por esta iniciativa, en otras palabras puso de manifiesto la disponibilidad del ministerio recomendándoles en presentar una propuesta formal, recogiendo todos los aspectos técnicos y financieros en términos de viabilidad, con la finalidad de ser sometido a un estudio exhaustivo. Puntualizó el ministro.
Dentro de este conjunto de orden de ideas, recordarles que, la firma HUAWEI, tiene como finalidad proporcionar las plataformas de Tecnología de Información y Comunicación (TICs) abiertas, flexibles y seguras a los Gobiernos, organizaciones y diferentes sectores, para facilitar la digitalización de la administración. Igualmente, ofrecen servicios de transformación digital es estables, fiables y seguros que evoluciona de acuerdo a las diferentes necesidades expuestas por los interesados.
Redacción : Luis Mario OSA ABESO
Integración de Guinea Ecuatorial como país miembro observador del centro latinoamericano de la administración para el desarrollo (CLAD)
En una reunión telemática mantenida entre el ministerio de la Función Pública y Reforma Administrativa, el Instituto Nacional de Administración Publica de Guinea Ecuatorial INAP-GE, y el CLAD (Centro latinoamericano de Administración para el Desarrollo), con sede en Caracas Venezuela, Guinea Ecuatorial ha sido aceptada como País
miembro con el estatus de observador.
Durante una reunión del Consejo Directivo mantenida en Bogotá el 23 de noviembre de 2021, el Ministro Eucario BAKELE ANGÜE presentó formalmente la candidatura de Guinea Ecuatorial para ser miembro de esta organización internacional que alberga en su seno a 19 naciones latinoamericanas, además de a España, Portugal, Andorra y Angola.
Actualmente el CLAD desarrolla actividades de cooperación con instituciones de Europa, Estados Unidos y Canadá, y es la Secretaría Técnica Permanente de las Conferencias Iberoamericanas de Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado.
La adhesión de Guinea Ecuatorial al CLAD ha sido apoyada por la Oficina del PNUD en nuestro país, como estrategia para conseguir apoyos enfocados en la modernización de las administraciones públicas ecuatoguineanas, un factor necesario en el proceso de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
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Oferta de empleo público: 65 mil exámenes a corregir y la Función Pública pide paciencia para la publicación de los resultados
El Ministro Eucario Bacale Angüe, presidente de la Comisión Nacional de Reclutamiento de esta oferta de empleo ha asegurado que muy pronto podrían publicar estos resultados finales.
El presidente de la Comisión Nacional de Reclutamiento de la oferta de empleo público de cuatro mil puestos de trabajos ofertados por el Gobierno de Guinea Ecuatorial, Eucario Bacale Angüe, se ha reunido en la jornada de este jueves para analizar y evaluar los trabajos sobre la corrección y publicación de los resultados de los exámenes, más de treinta días después su realización en las cabeceras provinciales de todo el ámbito nacional.
Según el informe presentado por los consultores contratados para el trabajo de preparación y corrección de estos exámenes a la Comisión Nacional de Reclutamiento, indica que la primera parte ya está hecha, es decir, las 65 mil hojas de exámenes ya están corregidas.

Por su parte, Eucario Bacale Angüe, presidente de esta Comisión, en tanto que Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa, ha explicado que la notada demora registrada se debe al número de expedientes recibidos, el cual superó el previsto por la Comisión.
“Inicialmente, todo estaba planificado que los resultados iban a ser publicados diez días después de las pruebas. La demora que hemos tenido viene en base a que, teníamos la expectativa de recibir alrededor de 8 mil de los cuatro mil puestos ofertados, mientras que finalmente recibimos un total de 65 mil expedientes de los postulantes examinados”, ha afirmado el Ministro.
Este número considerable de exámenes ha “dificultado que los resultados sean publicados en los términos anteriormente previstos”, ha apostillado Bacale Angüe. En este sentido, la Comisión Nacional ha decido por unaniminidad volver a conceder un tiempo prudencial a los consultores para “garantizar la transparencia y la integridad del proceso”.
“Lo más importante no es publicar los resultados con prisas, sino en el tiempo adecuado”, ha asegurado el Ministro Bacale Angüe. Por lo que, a pesar de que los exámenes ya han sido corregidos, hace falta todavía clasificar a los candidatos según puestos, orden y otros aspectos y es un proceso que requiere tiempo.
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